Colombia avanza en materia de clasificación de riesgos laborales
Según un informe del Observatorio de Seguridad y Salud en el Trabajo del Consejo Colombiano de Seguridad (CCS), durante el primer semestre de 2022 se presentaron 251.023 accidentes de trabajo, dejando una tasa de 2,20 por cada 100 trabajadores, además de un promedio de 1.395 eventos diarios y de 58,1 cada hora. Lastimosamente, las cifras de muertes relacionadas con actividades laborales alcanzaron una cifra de 268, es decir, mueren 3 trabajadores cada dos días.
La buena noticia es que el número de afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL), se incrementó en 8,4 % al comparar el primer semestre de 2022 con el 2021, además se presentó un aumento de empresas afiliadas de 7 % entre el 2019 con el 2021.
Ese es un buen síntoma para que Colombia siga avanzando en políticas y normativas que protejan la vida de los ciudadanos trabajadores, más cuando desde enero de este año se están haciendo efectivos los cobros de la reclasificación de riesgos laborales que se hizo según lo establecido en el Decreto 768 de 2022.
Para contextualizar, hay que entender que el sistema de riesgos profesionales nació en 1994 y se plantea realizar una reclasificación cada tres años, pero esto no sucedió de esta manera, por lo que el país estaba en deuda al solo haberse llevado a cabo en un par de ocasiones. Todo con el objetivo de mejorar la seguridad y salud en el trabajo y reducir los accidentes y enfermedades laborales en el país.
Como el ámbito laboral se ha transformado con la presencia de nuevas tecnologías y procesos productivos, sobre todo desde la pandemia, surgió la urgencia de realizar la actualización de clasificación de las actividades económicas para el sistema de riesgos laborales.
¿Cómo es su esencia?
Hay cinco niveles para identificarlos y dependiendo de la actividad económica de la compañía y las actividades que realiza un trabajador, se otorga un nivel de riesgo. No es lo mismo una empresa consultora que una de construcción, tampoco es igual un ejecutivo que realiza análisis desde su puesto de trabajo, al mensajero que pasa el día en la calle recorriendo una ciudad en moto. ¡Entre mayor exposición de riesgo, más tiene que ser el aporte!
El proceso se hace mancomunadamente entre el empleador y la Administradora de Riesgos Laborales (ARL); se identifica la actividad económica de la organización por medio del código en el RUT y así se establece un nivel de riesgo, para luego verificar los cargos (este se realiza proceso por proceso, siempre que exista una diferenciación clara en la actividad que desarrolle, en las instalaciones locativas y en la exposición a peligros de los trabajadores) para saber si ameritan afiliarse en unos niveles diferentes, ya sean más altos o bajos, ese es el análisis a realizarse.
¿Qué pasa si no se hace la reclasificación?
Una empresa que tome la mala decisión de no realizar este procedimiento, podría tener problemas económicos, ya que el nivel de riesgo tiene que ver directamente con los aportes que hace como empleador a la Administradora de Riesgos Laborales, si se descubre que afilió a un colaborador, por ejemplo, como riesgo 1, pero la actividad que ejecuta lo expone a un riesgo mayor, por ejemplo 4 o 5, se entenderá el tema como una elusión o evasión de las obligaciones en los aportes de seguridad social y las sanciones por esos “errores” se castigan duramente desde el punto de vista tributario.
Otro escenario que se ha identificado como negativo y como un desafío, es que a consecuencia de las malas clasificaciones de los niveles de riesgo, las organizaciones no despliegan los cuidados necesarios para proteger a los trabajadores de manera efectiva, ya sea con los protocolos, implementos o el pago real del monto del nivel que debería desembolsar.
Para recalcar, eso conlleva a sanciones financieras y jurídicas por no brindar todas las herramientas, cuidados y prevención que amerita cada actividad según su nivel de exposición del riesgo. Dado a esto, hay que entender el sistema de riesgos laborales de forma integral; una de las consecuencias prácticas de la reclasificación es el nivel de aporte, es decir, del dinero que se recolecta. En la medida que se haga una muy buena reclasificación para que las empresas y trabajadores realicen correctamente los aportes al sistema, se ven reflejados los recursos y la solvencia económica adecuada del sistema general de riesgos laborales, para responder a necesidades como por ejemplo, pagar a las familias de víctimas de accidentes laborales las prestaciones que por ley les corresponden.
Un aliado en la tarea
Las Empresas de Servicios Temporales (EST) acompañan a las organizaciones a contar con talento humano capaz de llevar a cabo diferentes actividades laborales que les ayuden a cumplir con sus objetivos corporativos, además pueden enfocarse en su core de negocio sin tener que desgastarse en ciertos procesos que pueden tercerizar.
En ese orden de ideas, las EST realizan la tarea de reclasificar al trabajador en misión, entonces la empresa no debe hacer el proceso, lo importante, es que el cliente (compañía) sea honesta y clara con las actividades que realizará cada persona dentro de su esquema; especificando los trabajos a llevar a cabo para poder afiliar al trabajador en el nivel de riesgo adecuado.
Colombia ha evolucionado enormemente en la materia desde el 2012, antes de ese año se podría decir que se encontraba en una situación de atraso para proteger a los trabajadores, pero -desde ahí- empezó a mejorar con la Ley 1562 y bajo la veeduría que realizaba la Organización Internacional del Trabajo para cumplir con obligaciones se inició otra época a favor de los trabajadores.
La clasificación de riesgos laborales en Colombia tiene estas cinco categorías:
- Actividades comerciales y financieras, así como los trabajos de oficina, los centros educativos y las empresas dedicadas a la peluquería o a los tratamientos de belleza.
- Procesos manufactureros como la fabricación de tejidos, textiles, confecciones, etc.
- Procesos manufactureros como la fabricación de alimentos, alcoholes, agujas, automotores y productos de cuero.
- Procesos manufactureros como la fabricación de aceites, cervezas y vidrios, las actividades de transporte aéreo o terrestre.
- Actividades que se enfrentan a grandes riesgos como areneras, construcción, explotación petrolera y minera, manejo de explosivos, etc.
Cada una está asociada con un conjunto de medidas preventivas y de protección específicas, que deben ser implementadas por los empleadores para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
El Ministerio del Trabajo de Colombia, las distintas entidades y Staffing, invitan a todos los empleadores y trabajadores del país a familiarizarse con la nueva clasificación de riesgos laborales y a implementar las medidas preventivas y de protección correspondientes en sus lugares de trabajo. Asimismo, se recomienda a los empleadores a consultar a los expertos en salud y seguridad en el trabajo para garantizar una correcta identificación y evaluación de los riesgos laborales y la implementación de medidas de control adecuadas.